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Logotipo de la Junta de Extremadura
Constitución de una SAT:

Las Sociedades Agrarias de Transformación son Sociedades Civiles de finalidad económico-social, en orden a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, realización de mejoras en el medio rural, promoción y desarrollo agrario y prestación de servicios comunes que sirvan a aquella finalidad.

Las SS.AA.TT. adquieren personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, con su inscripción en el Registro de SS.AA.TT. de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Decreto 55/1996, de 23 de abril D.O.E. Nº 50 de 02-05-96 y Orden de 11 de noviembre de 1999, D.O.E. 135 de 18/11/99), dependiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

 

Disolución y cancelación de una SAT:

Cuando la disolución y cancelación, decididas por la Asamblea General, realizadas según la normativa, se notifican a la vez al Registro de SS.AA.TT. para su inscripción (incumpliendo el plazo de cinco días de notificaciones de los acuerdos de la Asamblea General al Registro, o realizando el proceso en cinco días), deberá cumplirse el siguiente procedimiento de DISOLUCIÓN-CANCELACIÓN, estando subrayados los actos que debe realizar la S.A.T.: