Ir a la página de Inicio
paso a la accesibilidad pulsando cambia el tamaño del texto cambiar texto a tamaño pequeño cambiar texto a tamaño mediano cambiar texto a tamaño grande
Logotipo de la Junta de Extremadura
Ayudas a la Producción Agricola Ayudas al almacenamiento privado de aceite de oliva
BENEFICIARIOS:

Son los agentes económicos que realicen almacenamiento privado de aceite de oliva a granel en base a la licitación aceptada por la Dirección General de Política Agraria Comunitaria y en las condiciones establecidas.

TIPOS DE AGENTES ECONÓMICOS. AUTORIZACIÓN Y RECONOCIMIENTO:

Podrán ser agentes económicos a los efectos de este régimen de ayudas:

- Agrupaciones de Productores o Uniones de las mismas que estén reconocidos en base al R(CE) 1257/99
- Agrupaciones de Productores o Uniones de las mismas en base al Artº. 20. quater del R(CE) 136/66
- Almazaras autorizadas en base al R(CE) 2261/84 siempre que tengan como una capacidad de extracción de dos toneladas de aceite por jornada de 8 horas y que en  las últimas dos campañas hayan obtenido al menos 500t.  de aceite de oliva virgen.
- Empresas envasadoras que tengan una capacidad de envasado de al menos 6t. por jornadas de 8 horas y en las dos últimas campañas hayan envasado al menos un total de 500t. de aceite de oliva.

La autorización y reconocimiento de agentes económicos la realiza, previa solicitud, la Dirección General de Política Agraria Comunitaria.

LICITACIONES:

Por la Comisión de la U.E. se podrá convocar licitaciones para almacenamiento privado de aceite de oliva en las que se establecerá duración, categorías de aceite susceptible de almacenarse. 

LICITACIÓN 2012:  Anuncio FEGA

MODELOS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR:   

- Indicaciones para presentar Garantía mediante Ingreso en Efectivo

- Modelo de Aval - Extremadura

- Modelo Certificado Seguro Caución - Extremadura

- Modelo Representación - Extremadura

- Modelo de Oferta de Licitación - Extremadura


Presentación de Ofertas

1ª Licitación: Comienzo el 17 de Febrero de 2012 y finalizará el 21 de Febrero de 2012 a las 11.00 horas (hora de Bruselas)

2ª Licitación: Comienzo el primer día hábil siguiente al final del subperíodo precedente y finalizará el 1 de Marzo de 2012 a las 11.00 horas (hora de Bruselas).

Unidad gestora dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
  Dirección General de Política Agraria Comunitaria
  Servicio de Ayudas y Regulación de Mercados
  Avda. de Portugal s/n
  06800. MERIDA. Badajoz.
  Tlfno: 924.00.23.49
  Fax:924.00.21.40
  e mail: sayrm.dgpac@adr.juntaex.es

Comunicar al órgano gestor que la oferta ha sido presentada, de forma inmediata tras su presentación en registros oficiales, para asegurar la inclusión de la misma en las comunicaciones a efectuar.

OFERTAS

Los interesados presentarán ofertas en la Dirección General de Política Agraria Comunitaria donde expresarán cantidad - con un mínimo de 50t.-, tipo de aceite y proporción económica. A los efectos se acompaña aval ó depósito en efectivo de 50 EUROS/t.

Una vez trasladas las ofertas al FEGA y por esta a la Comisión, esta resolverá el nivel máximo admisible en cuanto a importes de esta ayuda aceptándose las ofertas con proposición económica igual o inferior al límite aprobado.

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Registro Central de Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en Mérida o de Servicios Periféricos de Badajoz y Cáceres.

También podrá presentar la documentación solicitada en una Oficina Comarcal Agraria.

Todo ello sin perjuicio de cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

CONTRATOS:

Una vez aceptada una oferta se procederá a la identificación de depósitos de ubicación del aceite y al precintado de los mismos así como a la  toma de muestra del aceite almacenado. Realizadas estas operaciones se procederá a la notificación de inicio de contrato.

RESCISIÓN ANTICIPADA:

A la vista de la evolución de los mercados, en su caso por la U.E., se podrán autorizar rescisiones anticipadas que podrán ser parciales.

PAGO AYUDAS:

Anticipo: Los agentes económicos titulares de un contrato podrán solicitar a la Dirección General de Política Agraria Comunitaria el abono de anticipo de la ayuda para el periodo de tiempo entre el día de inicio de contrato y el 31 de agosto.

Los interesados presentarán garantía que cubra el 120% del importe solicitado.

Ayuda: Finalizado el plazo de ejecución del contrato por la Dirección General de Política Agraria Comunitaria se liquidará la ayuda correspondiente, en base a la proposición económica aceptada, dentro de los 60 días siguientes a la citada fecha.

NORMATIVA REGULADORA

Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo de 22 de octubre de 2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

Reglamento (CE) nº 826/2008 de la Comisión de 20 de agosto de 2008 por el que se establecen disposiciones comunes para la concesión de ayuda para el almacenamiento privado de determinados productos agrícolas

Reglamento de Ejecución (UE) nº 111/2012 de la Comisión de 9 de febrero de 2012 por el que se abre una licitación en relación con una ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva

Reglamento de Ejecución (UE) Nº 167/2012 de la Comisión de 24 de febrero de 2012 por el que se fija el importe máximo de la ayuda concedida para el almacenamiento privado de aceite de oliva en el marco de la licitación abierta por el Reglamento de Ejecución (UE) nº 111/2012

Reglamento de Ejecución (UE) Nº 190/2012 de la Comisión de 7 de marzo de 2012 relativo a la no concesión de ayuda al almacenamiento privado de aceite de oliva en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) nº 111/2012

Textos Refundidos:

Reglamento CE 2768/1998 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1998, relativo al régimen de ayuda al almacenamiento privado de aceite de oliva (L 346 de 22.12.98, p. 14) 

Reglamento CEE 136/1966 del Consejo, de 22 de septiembre de 1966 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las materias grasas (3025/66 de 30.9.66) (03/Vol.01 pag. 214)

Reglamento CEE 2261/1984 del Consejo, de 17 de julio de 1984, por el que se adoptan las normas generales relativas a la concesión de la ayuda a la producción de aceite de oliva y a las organizaciones de productores (L 208/3 de 3.8.84); Rectificado (L 70 de 13.3.87, p. 63); Rectificado (L 11 de 16.1.91, p. 28)