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Ovino Ayudas agroambientales a la ganadería ecológica

REQUISITOS:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas agroambientales las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, inscritas, en su totalidad y a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias (en adelante, R.E.A)  de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía del Gobierno de Extremadura, y que se comprometan a realizar las actuaciones objeto de ayuda, por un período de al menos cinco años consecutivos, salvo causa de fuerza mayor.

COMPROMISOS:

VacasLos compromisos generales para toda la explotación que habrán de cumplir los beneficiarios de la ayuda serán los que se recogen en el Reglamento CE nº 834/2007 del  Consejo, de 28 de junio de 2007 sobre la producción ganadera ecológica.

En cuanto a los compromisos particulares para esta medida, se aplicarán los que se detallan a continuación:
- Cumplimentar y mantener actualizado el cuaderno de explotación.

- Todos los animales de la misma especie, pertenecientes a la misma explotación, estarán acogidos al sistema de cría ecológica.

- Los animales comprometidos para esta ayuda deberán estar en un sistema extensivo de explotación basado en el pastoreo. 
- La totalidad de la superficie  destinada al aprovechamiento ganadero deberá cumplir, y durante el periodo de compromisos, los requisitos fijados por el Reglamento CE nº 834/2007 sobre la producción ecológica en agricultura debiendo estar inscrita en el ROFAPE, debiendo notificarse la actividad y someterse al control del mismo. 
- En relación con: alimentación, profilaxis y cuidados veterinarios, gestión zootécnica, transporte e identificación, corrales, zonas al aire libre y alojamientos para el ganado, se estará a lo recogido en el Reglamento CE nº 834/2007 del  Consejo, de 28 de junio de 2007. 
- Mantener el censo ganadero durante todo el periodo de compromiso, entendiendo por censo el número total de animales de la misma especie, acogidos a la ayuda. 
- Cumplir con la legislación comunitaria, estatal y autonómica aplicable en materia de santidad, identificación, bienestar y alimentación animal - Comercializar la producción como producto ecológico 
- Mantener como mínimo el 75% de la S.A.U de la explotación orientada a la alimentación del ganado.

CÁLCULO Y CUANTÍA:

Se establece para esta ayuda una prima máxima anual de 120,20 euros por Unidad de Ganado Mayor ( en adelante, U.G.M).

La ayuda se encuentra modulada en tres tamos de la siguiente forma:
   • Hasta 150 U.G.M,  se paga el 100% de la prima (120,20 € por U.G.M)
   • Más de 150 U.G.M  y hasta un máximo de 300 U.G.M , se paga el 60% de la prima (72,12 € por U.G.M)
   • Más de 300 U.G.M , se paga el 30% de la prima (36,06 € por U.G.M)

Se computarán como U.G.M.(s) para el cálculo de la ayuda, solamente aquellos animales que estén validados por la base de datos BADIGEX, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía del Gobierno de Extremadura y cuya edad mínima, durante el plazo de solicitud de la ayuda, sea de 6 meses para el vacuno y porcino, 1 año en ovino y caprino y en las aves de corral, haber entrado en la fase de puesta.

Las equivalencias para el cálculo de las U.G.M.(s), son las siguientes:
   Vacuno de más de 2 años: 1 U.G.M.
   Vacuno de 6 meses a 2 años: 0,6 U.G.M.
   Caprino de un año en adelante: 0,15 U.G.M.
   Ovino de un año en adelante: 0,15 U.G.M.
   Cerda de cría: 0,5 U.G.M.
   Cerdo de cebo: 0,3 U.G.M.
   Gallinas ponedoras : 0,014 U.G.M.
   Otras aves de corral: 0,003 U.G.M.

OBJETO DE LA AYUDA:

Serán objeto de esta ayuda alguna de las siguientes especies:
   - Vacuno
   - Caprino
   - Ovino
   - Porcino
   - Gallinas ponedoras
   - Otras aves de corral

IMPRESOS Y DOCUMENTACIÓN:

El primer año de solicitud de la ayuda y siempre que existiera modificación se aportará el plan de explotación.

Los impresos del Plan de Explotación y cuaderno de explotación se encuentran en la página de internet http://aym.juntaex.es/servicios/impresos2/

PLAZO Y LUGAR:

El plazo de presentación de solicitudes será el establecido por la correspondiente Orden de convocatoria de Solicitud Única - Se amplía el plazo de presentación de la solicitud única (BOE 29/04/2013)

La solicitud anual de la ayuda dentro del plazo y forma establecido para ello es un compromiso obligado del beneficiario. Su incumplimiento injustificado en más de una ocasión a lo largo del periodo de compromisos supondrá falta suficiente para la revocación de la ayuda y la obligación de devolución de las cantidades percibidas.

La solicitud única de ayuda se realizará a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía del Gobierno de Extremadura http://aym.juntaex.es a través del trámite ARADO. Los formularios a cumplimentar estarán a disposición de los interesados en la misma dirección de Internet. Para aquellos administrados que lo requieran, las Oficinas Comarcales Agrarias repartidas por el territorio de esta Comunidad facilitarán el acceso a los interesados previa petición de cita.

RESOLUCIÓN:

Dirección General de Política Agraria Comunitaria
Plazo para resolución: 6 meses
Sentido del silencio : Desestimatorio

NORMATIVA:

- Decisión de la Comisión C(2008) 3836, de 16/07/2008 por la que se aprueba el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura para el periodo de programación 2007-2013

- Decisión del Consejo de 20 de febrero de 2006 sobre las directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural(período de programación 2007-2013)

- Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayudas a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nº 2019/93, (CE) nº 1452/2001, (CE) nº 1673/2000, (CEE) nº 2358/71 y (CE) nº 2529/2001. (L 270/1 de 21.10.2003).  

- Reglamento CE nº 1783/2003 del Consejo de 29 de septiembre de 2003, que modifica el Reglamento CE nº 1257/1999 del Consejo de 17/05/99.

- Reglamento (CE) nº 796/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004 por el que se establecen disposiciones para la aplicación de la condicionalidad, la modulación, y el sistema integrado de gestión y control previstos en el Reglamento (CE) nº 1782/2003

- Reglamento CE nº 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre de 2005 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

- Reglamento CE nº 1320/2006 de la Comisión de 5 de septiembre de 2006 por el que se establecen normas parea la transición a la ayuda al desarrollo rural establecida en el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.

- Reglamento CE nº 1974/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006 por el que se establecen disposiciones de aplicación del reglamento CE 1698/2005 del consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

- Reglamento CE nº 1975/2006 de la Comisión de 7 de diciembre de 2006 por el que se establecen disposiciones de aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.

- Reglamento CE nº 834/2007 del Consejo de 28 de junio de 2007 sobre producción y etiquetado de productos ecológicos que deroga el Reglamento CE nº 2092/1991

- Reglamento (UE) Nº 65/2011 de la Comisión de 27 de enero de 2011 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.

- Reglamento de Ejecución (UE) Nº 147/2012 de la Comisión de 20 de febrero de 2012 que modifica el Reglamento (UE) nº 65/2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.

- Ley 5/2002, de 23 de mayo, de protección de los animales en Extremadura.

- Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.

- Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
 
- Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero que establece un sistema de identificación, registro de los animales de la especie bovina, ovina, caprina y porcina.

- Real Decreto 1980/1998, por el que se establece un sistema de identificación y registro de animales de la especie bovina.

- Real Decreto 479/2004, que establece un sistema de identificación y registro de la especie ovina y caprina.

- Real Decreto 2352/2004, de 23 de diciembre, sobre la aplicación de la condicionalidad en relación con las ayudas directas en el marco de la política agrícola común.

- Real Decreto 1047/2003, de 1 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.

- Real Decreto 585/2006, de 12 de mayo, por el que se establecen criterios de reducción de las ayudas agroambientales y de la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas en función del grado de cumplimiento de las buenas prácticas agrarias habituales.

- Real Decreto 1203/2006, de 20 de octubre, por el que se modifican los Reales Decretos 3482/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas; 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente; 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas y 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las medidas de acompañamiento de la Política Agraria Común.

Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Decreto 139/2009, de 12 de junio, por el que se modifica el Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- Decreto 269/2009, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura

Decreto 13/2010, de 29 de enero, por el que se modifica el Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Decreto 5/2011, de 28 de enero, por el que se modifica el Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- Decreto 4/2013, de 29 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura

- Orden de 30 de enero de 2013 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago único, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, campaña 2013/2014, en la Comunidad Autónoma de Extremadura

- Corrección de errores de la Orden de 30 de enero de 2013 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago único, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, campaña 2013/2014, en la Comunidad Autónoma de Extremadura

- Orden AAA/690/2013, de 25 de abril, por la que se amplía el plazo de presentación de la solicitud única del artículo 87.2 del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del año 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería (BOE 29/04/2013)