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Secretaría General Ayudas a organizaciones profesionales agrarias

Decreto 82/2011, de 20 de mayo

OBJETO:

Regular, de conformidad con la disposición adicional cuarta, de la Ley 5/2011, de 7 de marzo, de creación de órganos consultivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito agrario y agroalimentario la concesión directa de una subvención a cada una de las Organizaciones profesionales agrarias que tengan el carácter de representativas conforme al artículo 4 de la ley en proporción a la representación que les corresponda el Consejo Asesor Agrario y Rural de Extremadura.

BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en el presente decreto, las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas en el ámbito autonómico que acrediten, en el momento de presentar su solicitud para dicho reconocimiento, al menos, un 15 por 100 de los votos obtenidos en las elecciones al campo de Extremadura celebradas el 3 de marzo de 2002 y cuyo ámbito de implantación se extienda a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Mediante Resolución de 15 de marzo de 2002 de la Junta Electoral Regional de Elecciones al Campo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 34, de 23/03/02), se publicaron los resultados generales por circunscripciones resultando organizaciones representativas y por tanto beneficiarias las siguientes:

— UPA UCE EXTREMADURA, ASAJA EXTREMADURA APAG ASAJA CÁCERES, APAG EXTREMADURA ASAJA, COAG EXTREMADURA.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

Serán gastos subvencionables los realizados por cada una de las organizaciones agrarias para su funcionamiento técnico y administrativo y que se realicen en el año 2011. En todo caso las ayudas concedidas deberán ser destinadas a sufragar los siguientes gastos de las entidades beneficiarias:

— Gastos de personal incluyendo aquellas cantidades abonadas en concepto de seguros sociales y de Seguridad Social.

— Gastos de arrendamientos e Impuesto de Bienes Inmuebles de aquellos centros u oficinas pertenecientes a su organización que estén radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como gastos de electricidad, agua, teléfono u otros gastos que tengan el carácter de funcionamiento técnico-administrativo de los mismos.

— Gastos de representación e interlocución ante organismos oficiales, certámenes oficiales y ferias oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

FINANCIACIÓN

El coste total de la actividad que se subvenciona en el presente decreto asciende a 721.952,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 12.01.311A.489.00, código de proyecto 200512001000400, “apoyo a organizaciones para la promoción de la política agraria” de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2011.

Transitoriamente para este ejercicio 2011, la distribución, se hará conforme a los criterios establecidos en el Decreto 195/2005, de 30 de agosto (DOE n.º 104, de 6 de septiembre), por el que se establece y regula una línea de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias implantadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. De conformidad con lo dicho y en función de la representatividad la distribución es la siguiente:

— UPA UCE EXTREMADURA: 376.137,38 €.
— ASAJA EXTREMADURA APAG ASAJA CÁCERES: 143.258,69 €.
— APAG EXTREMADURA ASAJA: 140.937,33 €.
— COAG EXTREMADURA: 61.618,60 €.

Para sucesivas anualidades será objeto de asignación nominativa, en los Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en proporción a la representación que tengan reconocida en el Consejo Asesor Agrario y Rural de Extremadura, a cada una de dichas Organizaciones que tengan el carácter de representatividad conforme al artículo 4 de la Ley 5/2011.

NORMATIVA

Decreto 82/2011, de 20 de mayo, de concesión directa de una subvención a las organizaciones profesionales agrarias implantadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura