Ayudas Agroambientales
Producción agraria ecológica frutales secano
DENOMINACIÓN:
Ayuda Agroambiental a la utilización de métodos de Producción Agraria Ecológica en frutales de secano, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
PROPÓSITO:
La agricultura ecológica se define como un sistema de producción, que persigue la obtención de alimentos basados en una metodología respetuosa con el medio ambiente; se hace necesario pues, apoyos económicos que compensen los costes que pueda tener la puesta en marcha de estas nuevas tecnologías.
Se refleja en este sistema de producción el mayor nivel de compromisos, respecto a las ayudas de control y producción integrada. Como consecuencia de ello, la producción ecológica, regulada por lo establecido en el Reglamentos (CE) nº 834/2007, de 28 de junio, supone un importante apoyo a los objetivos concretos que persigue esta ayuda, y que pueden enumerarse como:
- Reducción de utilización de fertilizantes.
- Reducción de productos fitosanitarios.
- Cuidado del arbolado.
- Lucha contra la erosión.
- Obtención de producciones ecológicas.
- Mayor penetración en el mercado y difusión de los productos de agricultura ecológica.
BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas agroambientales, las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias inscritas en su totalidad y a su nombre en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía del Gobierno de Extremadura, que mantengan las unidades objeto de ayuda sin variación en dicho registro y a realizar las actuaciones y compromisos objeto de ayuda por un periodo de cinco años consecutivos, salvo causa de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, de acuerdo con las superficies mínimas de cultivo y demás requisitos que se especifican en el Programa de Desarrollo Rural para Extremadura 2007/2013, en el Decreto que regula las ayudas agroambientales y en las correspondientes órdenes de convocatoria de la ayuda, y que no se hallen incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios previstos en el artículo 12 de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Podrán ser beneficiarios de los pagos de 2º a 5º año de la ayuda a la producción ecológica de frutal de secano, aquellos que, teniendo compromisos adquiridos realicen la solicitud dentro del plazo y forma establecido para ello y cumplan con la legislación vigente.
La solicitud anual de la ayuda dentro del plazo y forma establecido para ello es un compromiso obligado del beneficiario. La falta de solicitud de pago en más de una ocasión a lo largo del periodo de compromiso supondrá falta suficiente para la revocación de la ayuda y la obligación de devolución de las cantidades percibidas.
CUANTÍA:
El cálculo de las primas se realizará aplicando la superficie de las Unidades Mínimas de Cultivo Agroambiental (UMCA), siendo para esta medida una prima máxima anual de 119,00euros/ha. La superficie mínima de cultivo es de 1 ha.
En razón de lo dispuesto en el Programa de Desarrollo Rural para Extremadura 2007-2013, se establece la Unidad Mínima de Cultivo (UMCA) para las medidas agroambientales en 20 has. La modulación se hace en tres tramos:
Entre la superficie mínima de cultivo y el doble de 1 UMCA (40 has), se paga el 100% de la prima.
Superior al doble de 1 UMCA (40 has) y el cuádruple de 1 UMCA(80 has) , se paga el 60% de la prima.
Superior al cuádruple de 1 UMCA (80 has) y hasta el total de la superficie acogida, se paga el 30% de la prima.
Tal y como se recoge textualmente en el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007- 2013, “La conversión de una explotación de producción convencional a producción ecológica implica unos costes y pérdidas de ingresos superiores a los de mantenimiento, sin poder comercializar la producción ecológica. Para fomentar la incorporación de nuevas explotaciones a este sistema de producción, el importe de la ayuda se diferenciará en función de la fase en la que se encuentra la explotación, debiendo ser la ayuda fuera del periodo de conversión un porcentaje del importe de la ayuda en conversión.” En este sentido, el importe de la ayuda para las explotaciones que se encuentren en los tres primeros años, se incrementará en un 10%.
COMPROMISOS:
• Cumplimentar y mantener actualizado el cuaderno de explotación.
• Las parcelas y cultivos por los que se solicita la ayuda deberán estar certificadas a nombre del beneficiario por la autoridad de control y certificación de la producción ecológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejeria de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.
• Realizar análisis de suelo y/o foliares, necesarias para la programación correcta de un plan de fertilización.
• Disponer de asesoramiento técnico que establezca aquellos criterios a considerar para el mejor cumplimiento de los objetivos de la medida.
• Compromiso de aplicar la producción ecológica en la totalidad de la superficie de la explotación dedicada a la misma orientación productiva (cultivo y/o especie)
• El cumplimiento de los compromisos y actuaciones objeto de ayuda deberán mantenerse durante un periodo mínimo de cinco años consecutivos, estando las superficies subvencionadas a sujetas al cumplimiento integro de los compromisos, exceptuando en los casos de causa de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
• El beneficiario de la ayuda deberá mantener registradas a su nombre sin modificaciones las unidades objeto de ayuda en el Registro de Explotaciones durante el periodo de compromisos.
• En caso de que durante el periodo de un compromiso contraído como condición para la concesión de la ayuda el beneficiario ampliara la superficie de cultivo, dicha ampliación no será objeto de ayuda durante el periodo de duración del compromiso.
• En producción ecológica, el beneficiario que amplíe las unidades de su explotación (superficies) para el mismo cultivo y/o especie estará obligado a ampliar los compromisos agroambientales a dicha superficie sin que esta ampliación sea objeto de ayuda.
• La superficie acogida a los compromisos de ayudas a la agricultura ecológica, deben producir en la Comunidad Autónoma de Extremadura productos agroalimentarios susceptibles de utilizar indicaciones referentes al método de producción ecológica previsto en los Reglamentos (CE) nº.834/2007 y 88*/2008, con vistas a su comercialización
• Los solicitantes presentarán un Plan de Explotación que tendrá que ser aprobado por el Comité Técnico de Medidas Agroambientales y que tendrá, al menos, una descripción clara de las localizaciones de la explotación, la orientación productiva y las distintas acciones a desarrollar durante los años que duren los compromisos, debiendo describir claramente el plan de cultivo de cada año de compromiso, indicando los polígonos, parcelas y recintos.
IMPRESOS Y DOCUMENTACIÓN:
Los solicitantes de ayudas de primer año de compromiso además de la solicitud, deberán presentar la siguiente documentación, en original o fotocopia compulsada:
• Plan de explotación debidamente cumplimentado
• Análisis de suelo y/o foliar
• Justificante de comercialización de la producción ecológica.
Los solicitantes de ayudas de 3º, 4º o 5º año de compromiso además de la solicitud, deberán presentar la siguiente documentación, en original o fotocopia compulsada:
• Plan de explotación, sólo en aquellos casos en los que existiera alguna modificación.
• Análisis de suelo y/o foliar
• Justificante de comercialización de la producción ecológica.
Los impresos del Plan de Explotación y cuaderno de explotación se encuentran en la página de internet http://aym.juntaex.es/servicios/impresos2/
PLAZO Y LUGAR:
El plazo de presentación de solicitudes será el establecido por la correspondiente Orden de convocatoria de Solicitud Única - Se amplía el plazo de presentación de la solicitud única (BOE 29/04/2013)
La solicitud única de ayuda se realizará a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía del Gobierno de Extremadura http://aym.juntaex.es a través del trámite ARADO. Los formularios a cumplimentar estarán a disposición de los interesados en la misma dirección de Internet. Para aquellos administrados que lo requieran, las Oficinas Comarcales Agrarias repartidas por el territorio de esta Comunidad facilitarán el acceso a los interesados previa petición de cita.
RESOLUCIÓN:
Dirección General de Política Agraria Comunitaria
Plazo para resolución: 6 meses
Sentido del silencio : Desestimatorio
NORMATIVA:
Normativa para el nuevo periodo 2007/2013
- Decisión de la Comisión C(2008) 3836, de 16/07/2008 por la que se aprueba el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura para el periodo de programación 2007-2013
- Programa de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER 2007-2013. (volumen I) (volumen II)
- Decisión del Consejo de 20 de febrero de 2006 sobre las directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural(período de programación 2007-2013)
- Reglamento CE nº 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre de 2005 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
- Reglamento CE nº 1320/2006 de la Comisión de 5 de septiembre de 2006 por el que se establecen normas parea la transición a la ayuda al desarrollo rural establecida en el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.
- Reglamento CE nº 1974/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006 por el que se establecen disposiciones de aplicación del reglamento CE 1698/2005 del consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
- Reglamento CE nº 1975/2006 de la Comisión de 7 de diciembre de 2006 por el que se establecen disposiciones de aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.
- Reglamento (UE) Nº 65/2011 de la Comisión de 27 de enero de 2011 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.
- Reglamento de Ejecución (UE) Nº 147/2012 de la Comisión de 20 de febrero de 2012 que modifica el Reglamento (UE) nº 65/2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.
- Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Decreto 139/2009, de 12 de junio, por el que se modifica el Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Decreto 269/2009, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Decreto 13/2010, de 29 de enero, por el que se modifica el Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Decreto 5/2011, de 28 de enero, por el que se modifica el Decreto 9/2009, de 23 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Decreto 4/2013, de 29 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Orden de 30 de enero de 2013 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago único, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, campaña 2013/2014, en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Corrección de errores de la Orden de 30 de enero de 2013 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago único, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, campaña 2013/2014, en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Orden AAA/690/2013, de 25 de abril, por la que se amplía el plazo de presentación de la solicitud única del artículo 87.2 del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del año 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería (BOE 29/04/2013)